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| Repensando el (inestable) federalismo argentino |
![]() Una de las pretendidas verdades que está inscripta en la gramática mediática presupone la idea de un Gobierno Nacional omnipotente que amplía continuamente su marco de influencia gracias a los innumerables recursos nacionales con que cuenta, limitando de este modo la autonomía de las provincias. Subyace en este esquema la visión un tanto lineal de un hiper-presidencialismo tendencialmente centralista y un federalismo que parecería brillar por su ausencia. Ahora bien, una mirada detenida sobre la distribución institucional de poder en la Argentina no sólo no corrobora esta presunción simplista, sino que deja traslucir una dinámica política alternativa y compleja.
Muchas de las tensiones trazadas a lo largo de la historia de nuestra Nación (y que aún hoy están presentes) se encuentran contenidas en la Constitución de 1853, tratado institucional tributario de las Bases de Alberdi. Aquel texto fue sancionado tras la derrota de Rosas en Caseros, con la que concluía el extendido ciclo de indiscutido centralismo de Buenos Aires. Si la “pax rosista” implicó un crecimiento económico y una influencia política de Buenos Aires que no había podido (ni había querido) ser traducida en una norma prescriptiva a la cual pudieran adscribir la totalidad de las provincias, el período posterior a Caseros estuvo signado por la intención de la coalición del Litoral (con Urquiza al frente) con las provincias del Interior de construir un Gobierno Nacional capaz de limitar el poder de Buenos Aires. Tan grandes eran los intereses puestos en juego que este proceso demandó casi treinta años para poder materializarse, en los que no faltaron reformas constitucionales, secesiones y batallas militares. Esta pequeña reseña histórica intenta explicar el contexto del cual surge la Carta Magna del ´53, cuyos lineamientos básicos han sobrevivido a todas las reformas constitucionales. Aquel arreglo institucional tiene como máximo objetivo restringir la cabeza de Goliat –para decirlo con Ezequiel Martienz Estrada- que significaba Buenos Aires. Para ello se diseñó un Gobierno Nacional con fuerte concentración de poder, capaz de quitarle los recursos económicos a aquella provincia para redistribuirlos en el Interior (aquí resuena la frase de Bolivar en la que afirma que “los nuevos estados de América hispana necesitan reyes con el nombre de Presidentes). De manera complementaria, la sobre-representación legislativa de las provincias pequeñas en la Cámara de Diputados, pero sobre todo en el Senado (que sigue el principio de igualdad territorial entre distritos) le permitiría al Interior constituirse en un actor de veto frente al poderío económico de Buenos Aires. En este sentido, el diseño institucional del poder Ejecutivo y Legislativo bicameral no fue pensado tanto como un esquema de división de poderes, de pesos y contrapesos (checks and balances en clave de los Federalistas) sino más bien como un pago de retribución a los caudillos provinciales. Lo que esta disposición institucional deja entrever es un juego político entre un Presidente y provincias fuertes, tal como se desprende de la lógica sobre-representación de las provincias pequeñas en un sistema federal. Ni el Presidente puede gobernar sin el Congreso, ni las Provincias pueden gobernar sin los recursos girados por el gobierno Nacional, principalmente provenientes de lo producido por Buenos Aires. Aquí federalistas y centralistas se encrespan en una discusión de larga data: quienes defienden los intereses del Interior justifican dicha extracción; los bonaerenses la impugnan e impulsan no un federalismo solidario- que asigna recursos para achicar la desigualdad productiva entre regiones- sino uno redistributivo- en el que cada provincia recibe de la Nación una cifra proporcional a la que aporta. Lo antedicho permite comprender desde otra perspectiva las pujas en términos de política fiscal que hay entre Gobierno Nacional y provincias en torno al régimen de Coparticipación, que no hacen más que expresar la continuación de la contradicción entre Buenos Aires y el Interior por otros medios. En este marco, la estructura de incentivos que ofrece el federalismo asimétrico argentino lleva a los gobernadores de las provincias más pequeñas a hacer más redituable negociar con la Nación unos puntos más de Coparticipación que promover una política productiva integral. A cambio de estos recursos, los gobiernos Provinciales tienen como herramienta de negociación la fuerte representación legislativa. El esquema se cierra entonces con un intenso intercambio de favores (económicos y políticos) entre el Presidente y las provincias. En definitiva, las características que se desprenden de la distribución institucional del poder en la Argentina dejan traslucir dos jugadores políticos relevantes: el Presidente y las provincias. En torno a este intercambio constante de recursos políticos y económicos se delinea el mapa de poder. En épocas de crecimiento económico, la relación Presidente-provincias tiende a ser cooperativa, pues se puede negociar sin mayores costos recursos económicos por apoyo legislativo. En la misma línea, en etapas de recesión, no resulta extraño que aquel vínculo transite senderos mucho más sinuosos y conflictivos, y lo que domine sean momentos de inestabilidad. Lo importante es entender que la división vertical del poder propia del federalismo no implica un juego de suma cero en el que el Presidente concentra tranquilamente prerrogativas políticas y económicas; las provincias ocupan un lugar institucional sumamente relevante. Quizá la asignatura pendiente sea conformar un trazado institucional que permita la coexistencia cooperativa del Presidente y las provincias en tiempos de inestabilidad económica. |
